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l hablar de tutoría y atención a la
diversidad,
no podemos
perder de
vista el
contexto
histórico.
En 1978,
nuestro país
se dotó de
una
Constitución
democrática,
siendo ese
mismo año
cuando vio
la luz el
Plan
Nacional de
Educación
Especial,
cuyos
principios
de
integración
y
normalización
son
desarrollados
por la
legislación
educativa
actual,
aunque
hablando más
de inclusión
que de
integración.
Así pues, en
España se
vivían
tiempos de
renovación y
progreso, si
bien será
con la Ley
General de
Educación (LGE)
de 1970
cuando se
introduce la
orientación
dentro del
Sistema
Educativo
Español.
La
intervención
orientadora
en los
centros
escolares
En nuestro sistema educativo, la
eficacia de
la
intervención
orientadora
pasa
irremediablemente
por la
acción de
los tutores,
porque en
muchos
centros de
Educación
Infantil y
Primaria no
existe la
figura de un
orientador
permanente,
si bien en
los
Institutos
de Educación
Secundaria
se cuenta
con un
Departamento
de
Orientación
y una
persona
encargada de
planificar y
posibilitar
la acción de
los tutores,
que son, a
fin de
cuentas,
quienes
coordinan el
trabajo del
profesorado
que imparte
docencia a
un grupo y
quienes
llevan la
orientación
a su último
nivel de
concreción
en su
contacto
directo con
el alumnado
y con cada
alumno
individual.
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Hoy, una educación de calidad ha de partir de las necesidades del alumnado. |
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Observamos entonces que la atención a
la
diversidad
plantea en
la enseñanza
una
situación
novedosa
respecto a
circunstancias
y modos de
actuar
anteriores,
con la
emergencia
de una
problemática
que no se
soluciona
sólo con
leyes y
decretos.
Urge dar
respuesta a
las nuevas
necesidades
y
sensibilidades
sociales con
nuevas
formas de
enseñar y
organizar la
escuela.
Hoy, una
educación de
calidad ha
de partir de
las
necesidades
del
alumnado, ya
que la Ley
Orgánica de
Educación
(LOE, 2006)
pretende
garantizar,
mediante la
intervención
orientadora,
una
educación
integral y
personalizada
que no quede
reducida a
una mera
transmisión
de
información.
¿Cuándo
surge la
acción
tutorial?
Para comprender mejor el papel que se
otorga hoy a
la acción
tutorial en
el marco de
la reforma
establecida
por la Ley
de
Ordenación
General del
Sistema
Educativo (LOGSE,
1990), puede
resultarnos
muy útil
hacer un
poco de
historia.
En palabras de Álvarez, 1995 (citado
en Vélaz de
Medrano,
1985, p.
185), «la
orientación
y la acción
tutorial no
han
aparecido de
forma
simultánea
en nuestro
país.
Concretamente,
el proceso
institucionalizador
de la
orientación
comienza a
principios
de siglo, y
la acción
tutorial
surge por
primera vez
con la Ley
General de
Educación (LGE,
1970) como
eje central
de la
actividad
educativa en
los
centros».
Así, será en la Ley de 1970, y más
concretamente
en las
disposiciones
que la
desarrollaron,
donde
aparecen
definidas,
por primera
vez, la
tarea y
funciones
del tutor.
Entre las
innovaciones
que la LGE
introducía
en la
Educación
General
Básica está
la
“orientación
y tutoría
permanente
de los
alumnos como
tarea
compartida
por todas
las personas
implicadas
en su
educación,
que reclama
una
permanente
colaboración
entre la
familia y el
centro para
el logro de
un
desarrollo
pleno y
armónico de
la
personalidad
de cada
alumno». En
este
contexto se
entendía ya
la acción
tutorial
como una
parte
esencial e
indisoluble
de los
procesos
educativos,
por lo que,
considerándose
competencia
de todos los
docentes, lo
era de modo
muy especial
del tutor.
Obviamente,
el panorama
ha cambiado,
aunque sobre
la mente de
muchos
docentes
ronde un
sinfín de
preguntas,
como
¿realmente
ha mejorado
la
enseñanza?,
¿hasta dónde
se puede
llegar con
la
integración?,
¿no hace
falta ser
especialista
para dar
clase a este
alumnado?,
¿qué puede
hacer un
tutor con
una clase
así?
Los docentes se han visto sometidos a
cambios
relativamente
rápidos que
afectan a su
práctica
educativa y
a su modo de
concebir la
enseñanza.
Por un lado,
durante años
ha estado
pareciendo
que el
alumnado de
educación
especial era
cosa de los
especialistas,
que para eso
habían sido
formados,
idea que se
ha ido
desvirtuando
por los
planteamientos
de inclusión
y escuela
para todos,
atendiendo a
la
diversidad.
Por otro
lado, de
hecho, la
acción
tutorial
acabaría
siendo una
de las
principales
y únicas
estrategias
para hacer
realidad el
derecho de
todo el
alumnado a
la
orientación
educativa
reconocido
por primera
vez en la
LGE,
recayendo en
el tutor
casi toda la
responsabilidad.
En definitiva, reconociendo que la
acción
tutorial no
es ninguna
novedad en
el ámbito
teórico y
normativo en
nuestro
país, sobre
todo a
partir de
los años 80,
si en
décadas
anteriores
las
prioridades
de la
Administración
educativa
habían
estado
centradas en
la extensión
de la
educación
(plena
escolarización,
gratuidad de
la enseñanza
obligatoria),
la
consecución
de estos
objetivos,
unida a la
persistencia
de altos
índices de
fracaso
escolar, a
las reformas
de los
sistemas
educativos
de los
países de
nuestro
entorno y a
los cambios
sociales,
políticos y
del mercado
de trabajo
de nuestro
país, llevan
a emprender
una reforma
cuya
prioridad es
la mejora de
la calidad
de la
educación.
La
redefinición
e
institucionalización
del modelo
de
orientación
y tutoría es
una de las
medidas
orientadas a
este
objetivo.
¿Qué se
entiende por
acción
tutorial y
cuál es el
papel del
tutor ante
la
diversidad?
La tutoría es el primer eslabón del
sistema de
orientación,
hacia el
cual se
dirigen los
esfuerzos
del
Departamento
de
Orientación,
si procede,
y de los
Equipos de
Orientación
Educativa (EOE),
entendiéndose
como un
derecho de
todo el
alumnado e
inherente a
la función
docente, ya
que se
considera
como
actividad
cooperativa
entre
tutor-orientador
y
tutor-equipo
docente.
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El reconocimiento de la diversidad ha llegado a calar en la sensibilidad social y se ha instaurado en las grandes leyes educativas de hoy. |
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En este contexto, la orientación
adopta un
nuevo rumbo:
está
dirigida a
todo el
alumnado,
tiene un
carácter
preventivo
(no sólo
paliativo),
se realiza
en un
contexto de
colaboración
entre
profesionales,
y se
articula en
el marco del
currículo
(del
Proyecto
Educativo y
de las
Programaciones
de Aula). En
el caso, por
ejemplo, del
alumnado de
Educación
Secundaria
es, pues,
una
responsabilidad
compartida
por todo el
equipo
docente, es
coordinado
por el tutor
y asistida
por el
Departamento
de
Orientación
y por los
servicios
externos de
apoyo.
Con los aspectos descritos, el
reconocimiento
de la
diversidad
ha llegado a
calar en la
sensibilidad
social y se
ha
instaurado
en las
grandes
leyes
educativas
de hoy.
Constituye
además una
realidad
palpitante
en los
centros
escolares y
demanda un
sentido
nuevo de la
tutoría
docente y
del valor
social de la
educación
básica. Sin
embargo, y,
a pesar de
las posibles
connotaciones
existentes,
todavía
puede haber
una
confusión
entre
“atención a
la
diversidad”
y “educación
especial”,
por lo que
podemos
plantear una
serie de
supuestos
para
comprender
que la idea
que se nos
propone es
otra cosa.
Así:
- El concepto de diversidad no se
restringe a
los sujetos
con algún
tipo de
discapacidad.
Éstos ya no
han de ser
los
protagonistas
de una
atención
especial, o,
al menos, no
en mayor
medida que
otros
alumnos que
también
requieren
desarrollar
sus
capacidades,
o ser
atendidos de
acuerdo a
sus
características
peculiares.
- Los alumnos con algún tipo de
discapacidad
también
pueden y
deben ser
atendidos
por
profesores
no
especialistas;
de hecho,
cuando un
tutor ha
puesto su
empeño en
asistir al
aprendizaje
de su
alumnado con
dificultades,
encuentra
con
facilidad
mejores
momentos y
estímulos
más
efectivos
para el niño
que los que
puede
encontrar un
especialista
en una
situación de
apoyo
segregado.
- Las dificultades de aprendizaje no
sólo
provienen
del
alumnado,
sino también
del contexto
escolar y
del entorno
social de
donde
proceden y
en el que
viven; así
pues, la
atención a
las
diferencias
no se centra
en las
características
individuales,
sino en la
interacción
de éstas con
las
condiciones
de
enseñanza-aprendizaje
que
proporciona
la escuela
(condiciones
organizativas,
metodológicas,
curriculares…)
y con los
condicionamientos
de origen
familiar,
cultural y
social que
afectan a
los sujetos.
- La perspectiva del docente tiene un
carácter
global,
ideológico y
ético que
supera lo
puramente
didáctico;
por ello, el
maestro ha
de sentirse
comprometido
con la
construcción
de una
sociedad más
justa,
equitativa y
solidaria y
ser
consecuente
con este
compromiso
dentro y
fuera de la
escuela
(López
Melero,
1999).
Así pues, todos los docentes y, de
forma
especial los
que ejercen
la labor
tutorial, se
presentan
como una
pieza clave
dentro del
sistema de
orientación,
ya que son
quienes
mejor
conocen a su
alumnado,
son quienes
deben
orientarles
directamente
y
constituyen
el lazo de
unión entre
alumnado-escuela
y
familia-escuela.
Por todo
ello, hemos
de
reaprender a
enseñar,
aplicando al
máximo
nuestra
imaginación
y autonomía
profesional
para
organizar la
experiencia
escolar como
una
experiencia
relevante
para nuestro
alumnado,
con una
función
educativa y
orientadora
(ayudar a
resolver las
demandas e
inquietudes
de los
discentes,
facilitando
su
integración
en el grupo
y fomentando
su
participación
en
actividades
del centro),
y,
coordinada
con el resto
de
profesionales,
tanto
internos
como
externos al
centro.
¿Cómo se
lleva a cabo
la acción
tutorial?
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El objetivo de la planificación de la acción tutorial es contribuir al desarrollo integral del alumnado a fin de que alcance un nivel de madurez que le permita incorporarse de forma activa, creativa y responsable a la sociedad. |
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Una labor que hemos considerado tan
importante y
trascendente
para la
educación no
puede
dejarse a la
improvisación,
ni hacerse a
la ligera,
copiando, de
orientaciones
oficiales
y/o de
editoriales;
por ello, la
planificación
de la acción
tutorial y
de la
orientación
en un centro
educativo se
formalizará
en un
documento
denominado
Plan de
Acción
Tutorial,
que formará
parte del
Plan de
Orientación
y Acción
Tutorial. El
Plan de
Acción
Tutorial
(PAT) es el
documento
marco que
recoge la
organización
y
funcionamiento
de las
tutorías que
se van a
realizar en
el centro.
En el caso
de los
centros de
Infantil y
Primaria lo
elaboran los
tutores,
mientras que
en los
Institutos
de Educación
Secundaria
lo elabora
el
Departamento
de
Orientación,
a partir de
las
propuestas
realizadas
por los
tutores y
las
directrices
marcadas por
la comisión
de
coordinación
pedagógica.
Su puesta en
práctica
recae sobre
los
profesores-tutores,
con la
coordinación
de la
Jefatura de
Estudios y
la
colaboración
del
Departamento
de
Orientación.
El objetivo de la planificación de la
acción
tutorial es
contribuir
al
desarrollo
integral del
alumnado a
fin de que
alcance un
nivel de
madurez que
le permita
incorporarse
de forma
activa,
creativa y
responsable
a la
sociedad.
Asimismo, la
elaboración
del PAT
trata de
evitar que
la acción
tutorial se
limite a las
actividades
de tutoría
grupal, y a
las
entrevistas
con el
alumnado y/o
su familia.
Si la acción tutorial consiste en
favorecer la
integración
y
participación
del alumnado
en la vida
del centro,
en realizar
el
seguimiento
personalizado
de su
proceso de
aprendizaje
y en
facilitarle
la toma de
decisiones
respecto a
su futuro
(académico
y/o
profesional),
en su
planificación
deben
contemplarse
los
siguientes
elementos:
a) Justificación del PAT en función
de un
análisis de
necesidades
y
prioridades
del centro.
b) Objetivos que pretende (tanto
generales
como
específicos)
en relación
con los
alumnos
(individualmente
y en grupo),
al
profesorado
y a las
familias.
c) Actuaciones previstas:
temporización
y asignación
de
actividades
en función
de los
distintos
niveles de
concreción
del plan y
de los
distintos
agentes de
intervención.
d) Previsión de los recursos
materiales y
humanos
necesarios
para
acometer el
Plan.
e) Seguimiento y evaluación de la
acción
tutorial: se
indicarán
cuáles serán
los
procedimientos
y criterios
susceptibles
de ser
evaluados.
Asimismo, hay que considerar que para
que la
acción
tutorial sea
una realidad
en las
aulas, es
imprescindible
vencer las
inercias que
llevan con
frecuencia a
los docentes
a actuar de
manera
aislada,
sólo
preocupados
por el
rendimiento
de su
asignatura,
razón por la
cual se hace
necesaria la
comunicación,
coordinación
y consenso
entre los
docentes (en
especial, de
los
tutores),
estableciendo
sesiones
periódicas
de
coordinación
que permitan
obtener
líneas
generales y
coherentes
de actuación
en el ciclo
o nivel en
relación con
las
actividades
de tutoría
del
grupo-clase,
la acogida
del alumnado
al inicio
del curso,
favoreciendo
la
integración
y atención a
la
diversidad;
la relación
con las
familias,
los
criterios
para la
evaluación
del
alumnado, el
encauzamiento
de las
demandas e
inquietudes
del alumnado
y las
actividades
de formación
para el
profesorado,
entre otras.
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La entrevista, las reuniones de padres de un grupo y los informes escritos periódicos a las familias constituyen los medios habituales para el intercambio de información sobre el proceso educativo de sus hijos. |
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Por último, el trabajo con los padres
y madres (o
tutores
legalmente
reconocidos)
es uno de
los ejes de
la acción
tutorial. La
entrevista,
las
reuniones de
padres de un
grupo y los
informes
escritos
periódicos a
las familias
constituyen
los medios
habituales
para el
intercambio
de
información
sobre el
proceso
educativo de
sus hijos.
Los
objetivos de
la
comunicación
y
cooperación
del tutor
con la
familia del
alumnado
pueden ser
muchos y
diversos
según el
caso, si
bien, con
carácter
general,
podríamos
considerar
que ‘el
intercambio
de
información
sobre el
proceso
educativo
del alumnado
(dificultades
de
aprendizaje,
hábitos de
estudio,
actitudes,
etc.), la
búsqueda de
coherencia
educativa
entre el
centro y la
familia, la
implicación
de los
padres en el
apoyo al
aprendizaje
y
orientación
de su hijo
(condiciones
de estudio
en casa,
motivación,
planificación
del tiempo
de ocio,
etc.) y la
orientación
sobre temas
o problemas
concretos
que son
objeto de
preocupación
para los
padres y
madres’
(MEC, 1995).
Conclusión
De los contenidos expuestos, podemos
inferir que
orientar es
‘educar para
la vida
(educación
integral,
madurez
personal…),
ayudar a
desarrollar
habilidades
(toma de
decisiones,
aprendizaje
autónomo…),
asesorar
sobre
opciones y
alternativas,
y atender a
la
diversidad
(refuerzo,
apoyo
educativo…)’,
por lo que
la
legislación
vigente, así
como los
decretos de
enseñanza,
pongan
especial
énfasis en
este hecho.
Por tanto, las aportaciones más
relevantes
las podemos
observar en
la acción
tutorial,
siendo
algunas de
ellas las
siguientes:
se reconoce
la
orientación
como función
docente; la
acción
tutorial ha
de atender
los aspectos
de
desarrollo
personal,
académico,
profesional
y de
orientación
familiar; y,
por último,
incluye
también las
funciones
del tutor.
En definitiva, se trata de formar la
personalidad
integral del
alumnado,
haciendo
hincapié en
la
prevención y
en el
desarrollo.
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